Comisionado Parlamentario Penitenciario
Datos de la institución
- Nombre Completo
- Comisionado Parlamentario Penitenciario
- Fecha de creación
- 2003
- Dependencia Institucional
- Uruguay > Poder Legislativo > Comisionado Parlamentario Penitenciario
- Temas
- Condiciones de detención, Prevención de la violencia institucional, Regulación y control de uso de la fuerza, Prevención y sanción de la tortura y malos tratos
- Tipo de institución
- Organismo de control
- Ámbito de acción
- Nacional
- Alcance del abordaje
- Abordaje específico de uno o varios derechos
- Tamaño de la institución
- Menos de 15 empleados
Estructura e Historicidad
Estructura Institucional
Funciona en la órbita del Parlamento Nacional, como órgano asesor y fiscalizador del grado de cumplimiento de los derechos de las personas privadas de libertad por decisión judicial.
Asimismo en el art. 20 de Ley que da origen al Comisionado Parlamentario Penitenciario se establece que el Comisionado Parlamentario no estará sujeto a mandato imperativo, ni recibirá instrucciones de ninguna autoridad debiendo desempeñar sus funciones con plena autonomía, de acuerdo a su criterio y bajo su responsabilidad.
Responsables
Por unanimidad, el 13 de julio de 2005 la Asamblea General designó al Dr. Alvaro Garcé García Santos como primer Comisionado Parlamentario para el Sistema Penitenciario. Luego, por resolución unánime de la Asamblea General del 3 de noviembre de 2010 su mandato le fue renovado por un período más, hasta el 7 de octubre del 2014.
Actualmente no se ha designado un nuevo Comisionado Parlamentario para el Sistema Penitenciario pero el Poder Legislativo, recientemente designó una comisión para que así lo hiciese.
Con la salida de Adolfo Garcé, a mediados de 2014, la oficina siguió en funcionamiento pero durante más de un año lo hizo sin comisionado parlamentario. Recientemente la comisión especial conformada para elegir al nuevo comisionado designó a Juan Miguel Petit por unanimidad de la Asamblea General del Poder Legislativo.
Petit es abogado y periodista, actuó como asesor de Naciones Unidas en materia de derechos humanos, fue relator de la ONU para los derechos humanos, fue gerente técnico del Centro Nacional de Rehabilitación en el viejo Hospital Musto y ha dictado cursos en esta materia.
Historicidad Institucional
Por unanimidad, el 13 de julio de 2005 la Asamblea General designó al Dr. Alvaro Garcé García Santos como primer Comisionado Parlamentario para el Sistema Penitenciario. Luego, por resolución unánime de la Asamblea General del 3 de noviembre de 2010 su mandato le fue renovado por un período más, hasta el 7 de octubre del 2014.
Actualmente no se ha designado un nuevo Comisionado Parlamentario para el Sistema Penitenciario pero el Poder Legislativo, recientemente designó una comisión para que así lo hiciese.
Con la salida de Adolfo Garcé, a mediados de 2014, la oficina siguió en funcionamiento pero durante más de un año lo hizo sin comisionado parlamentario. Recientemente la comisión especial conformada para elegir al nuevo comisionado designó a Juan Miguel Petit por unanimidad de la Asamblea General del Poder Legislativo.
Petit es abogado y periodista, actuó como asesor de Naciones Unidas en materia de derechos humanos, fue relator de la ONU para los derechos humanos, fue gerente técnico del Centro Nacional de Rehabilitación en el viejo Hospital Musto y ha dictado cursos en esta materia.
Articulación institucional y cooperación técnica
A partir del 13 de junio de 2006 se creó una Comisión de Seguimiento del Sistema Penitenciario que actúa como intermediario entre el Comisionado Parlamentario y la Asamblea General de modo de informar de manera permanente a los y las legisladoras sobre el trabajo del Comisionado.
Funciones y Agenda
Funciones
El Comisionado Parlamentario tiene las siguientes atribuciones:
• Promover el respeto de los derechos humanos de todas las personas sometidas a un procedimiento judicial del que se derive su privación de libertad.
• Solicitar información a las autoridades carcelarias respecto a las condiciones de vida de los reclusos y, en particular, de las medidas adoptadas que puedan afectar sus derechos.
• Formular recomendaciones a las autoridades carcelarias para que se modifiquen o dejen sin efecto medidas adoptadas o se incorporen otras que tiendan al cumplimiento de las normas constitucionales y legales vigentes.
• Recibir denuncias sobre violaciones de los derechos de los reclusos, de acuerdo con el procedimiento que se establece. En tal caso, deberá oír los descargos de la autoridad correspondiente antes de formular las recomendaciones que estime convenientes con la finalidad de corregir los procedimientos y restablecer los derechos lesionados.
• Realizar inspecciones de carácter general a los establecimientos carcelarios, debiendo anunciar su visita a la autoridad correspondiente con no menos de veinticuatro horas de anticipación.
• Preparar y promover los estudios e informes que considere conveniente para el mejor desempeño de sus funciones.
• Pedir informes a organismos públicos, oficinas, abogados defensores, organizaciones de asistencia y otras análogas, con fines de asesoramiento y promoción. Se excluye de esta atribución todo informe relativo a materia o competencia de carácter jurisdiccional.
• Rendir anualmente un informe ante la Asamblea General, en el que se analizará la gestión cumplida con expresa mención de las recomendaciones y sugerencias formuladas a las autoridades administrativas.
• Interponer los recursos de "habeas corpus" o amparo.
• Proceder a la denuncia penal correspondiente cuando considere que existen delitos.
• Cooperar con los organismos u organizaciones nacionales e internacionales que promuevan el respeto de los derechos humanos y asistan y defiendan los derechos de los encausados.
Líneas de acción
- Prevención
- Monitoreo y control
Temas de agenda y línea de acción
El cometido principal del Comisionado Parlamentario Penitenciario es asesorar al Poder Legislativo en su función de control del cumplimiento de la normativa constitucional, legal o reglamentaria vigente, y de los convenios internacionales ratificados por Uruguay, referidos a la situación de las personas privadas de libertad en virtud de proceso judicial. Igualmente le competerá la supervisión de la actividad de los organismos encargados de la administración de los establecimientos carcelarios y de la re inserción social del recluso o liberado.
El Comisionado Parlamentario Penitenciario tiene un calendario de actividades establecido de visitas a las Cárceles.
Asimismo presenta de forma periódica informes sobre el estado del sistema carcelario y el cumplimiento de la normativa existente.
Articulación institucional y cooperación técnica
A partir del 13 de junio de 2006 se creó una Comisión de Seguimiento del Sistema Penitenciario que actúa como intermediario entre el Comisionado Parlamentario y la Asamblea General de modo de informar de manera permanente a los y las legisladoras sobre el trabajo del Comisionado.