Consejo Nacional de Género
Datos de la institución

- Nombre Completo
- Consejo Nacional de Género
- Página web
- http://www.inmujeres.gub.uy
- Fecha de creación
- 2007
- Dependencia Institucional
- Uruguay > Poder Ejecutivo > Presidencia de la República Oriental del Uruguay > Ministerio de Desarrollo social > Instituto Nacional de la Mujer > Consejo Nacional de Género
- Temas
- Mujeres, Violencia de género
- Tipo de institución
- Mecanismos de articulación nacional interpoderes con participación social
- Ámbito de acción
- Nacional
- Alcance del abordaje
- Abordaje específico de uno o varios derechos
- Tamaño de la institución
- Menos de 15 empleados
Estructura e Historicidad
Estructura Institucional
El Consejo Nacional de Género es un ámbito presidido por el Instituto Nacional de las Mujeres, e integrado por: Ministerios, Congreso de Intendentes, Poder Judicial, Poder Legislativo y organizaciones de la sociedad civil, para articular demandas y recomendaciones al conjunto del Estado y de la sociedad. Es el espacio en que las instituciones públicas y las organizaciones de la sociedad civil analizan las situaciones que limitan la igualdad de oportunidad entre mujeres y varones, y proponen herramientas conceptuales y prácticas para revertirlas.
Responsables
El Consejo Nacional de Género está integrado por:
• Un representante del Instituto Nacional de las Mujeres, quien lo preside,
• Un representante de cada Ministerio designado por el Ministro respectivo,
• Un Ministro de la Suprema Corte de Justicia o quien ésta designe,
• Dos integrantes del Congreso de Intendentes o quienes éste designe,
• Cuatro representantes de la sociedad civil: dos designados por las organizaciones de mujeres, uno por el Plenario Inter-sindical de Trabajadores - Convención Nacional de Trabajadores y uno por las Cámaras Empresariales,
• Un representante de la Universidad de la República.
Para las designaciones, en todos los casos, se seguirá el criterio de la máxima jerarquía.
Historicidad Institucional
El Consejo Nacional de Género está integrado por:
• Un representante del Instituto Nacional de las Mujeres, quien lo preside,
• Un representante de cada Ministerio designado por el Ministro respectivo,
• Un Ministro de la Suprema Corte de Justicia o quien ésta designe,
• Dos integrantes del Congreso de Intendentes o quienes éste designe,
• Cuatro representantes de la sociedad civil: dos designados por las organizaciones de mujeres, uno por el Plenario Inter-sindical de Trabajadores - Convención Nacional de Trabajadores y uno por las Cámaras Empresariales,
• Un representante de la Universidad de la República.
Para las designaciones, en todos los casos, se seguirá el criterio de la máxima jerarquía.
Funciones y Agenda
Líneas de acción
- Programas específicos
- Monitoreo y control
- Asistencia jurídica
- Fortalecimiento institucional
Temas de agenda y línea de acción
El Consejo Nacional de Género tiene los siguientes fines según lo establecido en el artículo 9 de la Ley Nº 18.104:
• Asesorar al Poder Ejecutivo,
• Velar por el cumplimiento de la ley de Igualdad de Oportunidades y Derechos,
• Promover Planes departamentales de Igualdad de Género,
• Aprobar el plan anual de actuación y la memoria anual sobre gestión y funcionamiento,
• Realizar la rendición de cuentas anual de la ejecución del Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades y Derechos ante la Asamblea General del Poder Legislativo.