Secretaría de Derechos Humanos
Datos de la institución

- Nombre Completo
- Secretaría de Derechos Humanos
- Página web
- http://derechoshumanos.gub.uy/es/
- Fecha de creación
- 2014
- Dependencia Institucional
- Uruguay > Poder Ejecutivo > Presidencia de la República Oriental del Uruguay > Secretaría de Derechos Humanos
- Temas
- Igualdad y no discriminación, Infraestructura institucional en DDHH, Prevención de la violencia y seguridad ciudadana
- Tipo de institución
- Institución principal rectora de políticas públicas
- Ámbito de acción
- Nacional
- Alcance del abordaje
- Abordaje integral de todos los derechos
- Tamaño de la institución
- Menos de 15 empleados
Estructura e Historicidad
Estructura Institucional
La Secretaría de Derechos Humanos se crea depende directamente de Presidencia de la República.
La Secretaría de Derechos Humanos está dirigida por un Consejo Directivo integrado por el Secretario de la Presidencia de la República, que lo preside, por el Ministro de Relaciones Exteriores, por el Ministro de Educación y Cultura, por el Ministro del Interior y por el Ministro de Desarrollo Social. Los Ministros designados podrán designar en su representación a los correspondientes Subsecretarios.
La Secretaría de Derechos Humanos hereda la estructura y el personal de la ex Dirección de Derechos Humanos del Ministerio de Educación y cultura.
Responsables
Desde enero 2014: Dr. Javier Miranda
Historicidad Institucional
Desde enero 2014: Dr. Javier Miranda
Articulación institucional y cooperación técnica
Directamente atado a su ubicación en el organigrama institucional el rol de la Secretaría es netamente ejercer como articulador y promotor del enfoque de derechos en las políticas públicas Nacionales. Si bien no existen aún mecanismos formales para esta articulación (consejos o comisiones) el desarrollo de un Plan Nacional de Convivencia y DH es parte de dicha estrategia.
Funciones y Agenda
Funciones
La Secretaría es el órgano rector, del Poder Ejecutivo, del enfoque de derechos humanos en las políticas públicas, cumpliendo las funciones de promoción, diseño, coordinación, articulación, así como su seguimiento y evaluación. Está dirigida por un Consejo Directivo integrado por el Secretario de la Presidencia de la República, que lo presidirá, por el Ministro de Relaciones Exteriores, por el Ministro de Educación y Cultura, por el Ministro del Interior y por el Ministro de Desarrollo Social. Los Ministros designados podrán designar en su representación a los correspondientes Subsecretarios.
El Consejo Directivo tendrá por cometido fijar los lineamientos políticos generales a ser aplicados por la Secretaría de Derechos Humanos en su función de rectoría.
Entre los objetivos de la Secretaría están:
• Contribuir al fortalecimiento de los derechos humanos en todo el país.
• Promover el conocimiento y el ejercicio de los derechos humanos en todo el país
• Transversalizar la perspectiva de Derechos Humanos en las políticas públicas.
• Orientar e informar sobre espacios de denuncias frente a casos de violación a los derechos humanos.
• Desarrollar capacidades en funcionarios, técnicos y autoridades, para incorporar la perspectiva de derechos humanos en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas públicas.
• Promover la armonización de la normativa nacional con las normas del derecho internacional de los derechos humanos.
• Impulsar el efectivo cumplimiento de las normas internacionales relativas a derechos humanos.
• Fortalecer la articulación de los distintos actores del sistema nacional para el respeto, protección y cumplimiento de las obligaciones relativas a derechos humanos.
• Contribuir a la cooperación del Estado uruguayo con los organismos internacionales de promoción y defensa de los derechos humanos.
Líneas de acción
- Comunicación y difusión
- Construcción de redes
- Fortalecimiento institucional
Temas de agenda y línea de acción
Entre las acciones que llevará adelante la Secretaría se encuentran:
• Asistir al Consejo de Ministros para la incorporación en la elaboración y ejecución de las políticas, planes y programas, la promoción y la protección de los derechos humanos.
• Coordinar acciones desde el Poder Ejecutivo con todos los Ministerios, Entes y Servicios, Poder Judicial y Poder Legislativo, así como también con las organizaciones de la sociedad civil.
• Impulsar y apoyar la implementación de planes y programas relativos a la protección y promoción de los derechos humanos para toda la población, especialmente las personas y grupos en situación de vulnerabilidad.
• Elaborar y garantizar la implementación del Plan Nacional de Derechos Humanos.
• Coordinar la elaboración de los informes que el Estado debe presentar periódicamente a los órganos de los tratados y dar seguimiento de las recomendaciones de éstos.
• Capacitar funcionarios, técnicos y autoridades para que las instituciones del Estado adecuen sus prácticas y definan proyectos y programas con enfoque de derechos humanos.
• Realizar campañas de promoción en derechos humanos.
• Contar con datos sistematizados y actualizados sobre el estado de situación de los derechos humanos en el Uruguay.
• Articular con la Institución Nacional de Derechos Humanos y la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Representantes.
• Incrementar la accesibilidad, divulgación y utilización del conocimiento producido sobre derechos humanos.
• Coordinar políticas de memoria sobre las violaciones a los derechos humanos y de construcción de las garantías de no repetición y de reparación de esas violaciones.
• Incentivar la realización de proyectos de promoción y defensa de los derechos humanos.
Articulación institucional y cooperación técnica
Directamente atado a su ubicación en el organigrama institucional el rol de la Secretaría es netamente ejercer como articulador y promotor del enfoque de derechos en las políticas públicas Nacionales. Si bien no existen aún mecanismos formales para esta articulación (consejos o comisiones) el desarrollo de un Plan Nacional de Convivencia y DH es parte de dicha estrategia.
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